Leyes e impuestos
Costos de compra de un inmueble en República Dominicana en 2026
En resumen: En 2026, quien compra un inmueble en República Dominicana paga normalmente un impuesto de transferencia del 3 % del valor del inmueble en la DGII, más los honorarios de su abogado y los gastos de registro. La Ley 30-26 de junio de 2026 modifica otros impuestos inmobiliarios; su efecto exacto sobre una compra aún debe confirmarse con un abogado.
El precio publicado nunca es el costo final de una compra. Esta guía resume los gastos que paga un comprador en República Dominicana en 2026, con un ejemplo numérico y una nota sobre la Ley 30-26. Actualizada el 21 de octubre de 2026. Confirme los montos fiscales con su abogado el día de la operación.
¿Cuáles son los costos de compra en 2026?
| Concepto | Monto | Quién paga normalmente | Certeza |
|---|---|---|---|
| Impuesto de transferencia | 3 % del valor del inmueble | El comprador | Alta (DGII) |
| Sello | RD$20 | El comprador | Alta (DGII) |
| Honorarios de su abogado | Suelen ser del 1 % al 1.5 % del precio, a veces más ITBIS | El comprador | Baja: práctica de mercado, no regulada |
| Registro, certificaciones, notario | Variable | Según el contrato | Pida un presupuesto por escrito |
| Traducción, apostilla, gastos bancarios | Variable | El comprador | Según su caso |
| Impuesto de inscripción de hipoteca (si hay préstamo) | 2 % del monto garantizado en 2026 | El deudor | Media (vea el recuadro) |
Si compra en un proyecto clasificado por CONFOTUR, la compra puede estar exenta del impuesto de transferencia. Lea nuestra guía sobre CONFOTUR antes de contar con esa exención.
¿Cómo se calcula el impuesto de transferencia?
La DGII aplica el 3 % sobre el mayor de dos valores: el precio que figura en el contrato o la tasación que hace la propia DGII. Si la DGII tasa el inmueble por encima del precio pagado, el impuesto se calcula sobre su tasación.
Tres reglas que conviene recordar:
- Plazo. El impuesto se paga dentro de los seis meses siguientes a la venta. Después se suman recargos e intereses.
- Moneda. Se paga en pesos dominicanos.
- Requisito para inscribir. Sin este pago, el Registro de Títulos no inscribe la venta y el título sigue a nombre del vendedor.
Nunca declare un precio menor que el real. Se expone a una rectificación de la DGII. Además, al revender pagará más impuesto sobre la ganancia de capital, porque su precio de compra oficial será más bajo.
Ejemplo: un inmueble comprado en US$300,000
Supuestos: la tasación de la DGII no supera el precio y el proyecto no está clasificado por CONFOTUR.
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Impuesto de transferencia | 3 % × US$300,000 | US$9,000 (se pagan en pesos) |
| Sello | Monto fijo | RD$20 |
| Abogado (supuesto del 1 % al 1.5 %) | 1 % a 1.5 % × US$300,000 | US$3,000 a US$4,500 |
| Registro, notario, certificaciones, traducción | Según presupuesto | A sumar |
| Total mínimo | unos US$12,000 a US$13,500, más los gastos según presupuesto |
Con un préstamo de US$150,000 inscrito en 2026, el impuesto de hipoteca del 2 % sumaría US$3,000. Si se confirma la reducción anunciada para 2027, sería del 1 %, es decir US$1,500.
Estas cifras son un ejemplo de cálculo. No describen ningún inmueble real y no sustituyen el presupuesto de su abogado.
Ley 30-26: qué cambia y qué sigue sin aclarar
Recuadro: Ley 30-26, en proceso de aclaración (al 21 de octubre de 2026)
La Ley 30-26, promulgada en junio de 2026, reforma varios impuestos. Esto dicen las fuentes consultadas:
- Impuesto de transferencia del 3 %. Varios análisis jurídicos indican que no fue modificado ni derogado. Otra fuente afirma lo contrario: se reduciría en 2027 y desaparecería en 2028. Mantenemos el 3 %, la tasa publicada por la DGII, hasta una aclaración oficial.
- Impuesto del 2 % sobre «otras operaciones inmobiliarias». Según fuentes secundarias, el artículo 59 lo baja al 1 % en 2027 y lo elimina en 2028. Afecta, entre otras, a la inscripción de hipotecas.
- Ganancia de capital del vendedor. Las ventas de inmuebles de personas físicas pagarían el 10 % de la ganancia. El borrador de reglamento está en consulta pública hasta el 11 de noviembre de 2026. Esto afecta sobre todo a los vendedores: vea nuestra guía vender su propiedad.
- CONFOTUR. La ley prohíbe acumular varios regímenes de incentivos. Su alcance exacto todavía debe precisarse.
La DGII publicó un calendario de implementación de la ley. Estos puntos son inciertos: confírmelos con un abogado antes de decidir.
¿Quién paga qué entre comprador y vendedor?
Normalmente, el comprador paga el impuesto de transferencia y su propio abogado. El vendedor salda sus posibles atrasos de impuestos sobre el inmueble y el impuesto sobre su ganancia. La comisión de la inmobiliaria figura por escrito en el contrato de corretaje: pregunte quién la paga antes de ofertar.
El contrato puede repartir los gastos de otra manera. Revise esa cláusula con su abogado antes de firmar la promesa de venta.
¿Qué gastos vienen después de la compra?
- IPI (Impuesto al Patrimonio Inmobiliario). En 2026, una persona física paga el 1 % anual sobre el valor de sus inmuebles que supere RD$10,695,494. El monto exento se ajusta cada año. Se paga en dos cuotas, en marzo y en septiembre.
- Cuota de mantenimiento si compra un apartamento o una villa en un residencial. Vea nuestra guía sobre condominios.
- Electricidad, agua, internet, seguro y mantenimiento, según el inmueble.
Cómo le ayuda la inmobiliaria
Antes de su oferta, Adriana le informa lo que sabe del expediente: estado del título, clasificación CONFOTUR y cuota de mantenimiento. Luego su abogado calcula los costos exactos. Para comparar precios solicitados, consulte nuestra página de mercado, fechada y calculada con nuestros anuncios.
¿Tiene una pregunta sobre un inmueble? Escríbanos por WhatsApp al +1 809 258 6052.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto debo prever en gastos para comprar en Las Terrenas?
Sin exención, cuente al menos entre el 4 % y el 4.5 % del precio: 3 % de impuesto de transferencia y entre 1 % y 1.5 % de abogado. A eso se suman registro, notario, traducción y, si hay préstamo, el impuesto de hipoteca.
¿El impuesto de transferencia sigue siendo del 3 % en 2026?
Sí, según la DGII. La Ley 30-26 generó dudas porque una fuente anuncia su reducción, pero la mayoría de los análisis dicen lo contrario. Confirme la tasa con su abogado el día de la venta.
¿Puedo declarar un precio más bajo para pagar menos?
No. La DGII aplica su tasación si es más alta. Declarar menos le expone a una rectificación y aumenta el impuesto sobre la ganancia cuando revenda.
¿Quién paga el impuesto de transferencia?
Normalmente el comprador. El contrato puede prever otro reparto: pida a su abogado que revise esa cláusula.
Esta guía da información general y fechada. No reemplaza el consejo de un abogado ni de un contador: las leyes y los impuestos cambian, verifíquelos el día de su operación.
Fuentes
- Brochure Transferencia de Inmueble — Dirección General de Impuestos Internos (DGII) (consultado el 21 de octubre de 2026)
- Transferencia inmobiliaria (fiche du service) — DGII (consultado el 21 de octubre de 2026)
- Calendario de implementación de la Ley Núm. 30-26 — DGII (consultado el 21 de octubre de 2026)
- Law 30-26: A Complete Guide for the Real Estate, Construction, and Tourism Sectors — inmobiliario.do (consultado el 21 de octubre de 2026)
- Ley 30-26: Impacto Tributario e Inmobiliario en República Dominicana — Ulises Cabrera, cabinet d'avocats (consultado el 21 de octubre de 2026)
- Una transacción, dos leyes, un balance que el sector aún no ha calculado — inmobiliario.do (consultado el 21 de octubre de 2026)
- Ley tributaria: cambios en ISR, ITBIS y fiscalidad (Ley 30-26) — Deloitte République dominicaine (consultado el 21 de octubre de 2026)
- There are 34 days left to submit comments on the draft regulations for Law 30-26 — inmobiliario.do (consultado el 21 de octubre de 2026)
- Exención de impuestos para segundas hipotecas de inmuebles en República Dominicana — Pellerano & Herrera (consultado el 21 de octubre de 2026)
- Purchase of real estate in the Dominican Republic — Guzmán Ariza (DRLawyer) (consultado el 21 de octubre de 2026)
- Guía 17 – Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) — DGII (consultado el 21 de octubre de 2026)
- DGII eleva a RD$5.45 millones el valor exento para viviendas de bajo costo en 2026 — El Día (consultado el 21 de octubre de 2026)